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lunes, 2 de mayo de 2011

SANIDAD SUBVENCIONA CON 525.315 EUROS LA PROMOCIÓN DE LA SALUD BUCODENTAL INFANTIL EN CASTILLA Y LEÓN

 La comunidad autónoma de Castilla y León recibirá una aportación estatal de 525.315 euros para financiar su programa para la promoción de la salud bucodental de los niños entre 7 y 8 años. La subvención, publicada hoy el Boletín Oficial del Estado, forma parte de un programa de ayudas del Ministerio de Sanidad, que financia la mitad de los costes de las comunidades que tengan este tipo de acciones mediante una estimación de cobertura del 62 por ciento del total de la población de 7 y 8 años, unos 37.657 niños en la región. El coste total del programa castellano y leonés es de 1.050.630 euros.

Según publica hoy el BOE, el importe de la subvención para todas las comunidades autónomas será de 22'5 euros por niño incluido en estas actividades, y la cuantía de las subvenciones se distribuye en función de los datos de población del Padrón Municipal correspondientes al año 2006 publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

Las actividades básicas que deben incluir los programas de salud bucodental para niños incluyen una revisión anual cuyo contenido mínimo observará las siguientes medidas preventivas y asistenciales: instrucciones sanitarias en materia de dieta y salud bucodental, acompañadas de adiestramiento en higiene bucodental, a los niños y a sus padres o tutores; aplicación de flúor tópico, de acuerdo con la política de fluoración de cada comunidad autónoma y de las necesidades individuales de cada niño.

Actividades

Asimismo, se establece una revisión anual del estado de salud de la cavidad oral, incluyendo exploración radiográfica cuando el grado de patología dental del niño así lo precise, previo consentimiento formulado por escrito por los padres o tutores legales; sellados de fisuras o fosas en las piezas permanentes; obturaciones en piezas dentarias permanentes; cuando se detecten caries se evaluará su estadío y velocidad de progresión y si la lesión se considera irreversible, se procederá a obturarla.

También se incluyen los tratamientos pulpares (endodoncias) de las piezas dentarias permanentes con lesiones pulpares irreversibles que puedan ser reparadas (en caso de no poder ser reparadas se realizará su exodoncia); exodoncias de piezas dentarias temporales; tartrectomías cuando se detecten cálculos y/o pigmentaciones extrínsecas en dentición permanente, que sean incompatibles con la salud gingival; tratamientos de incisivos y caninos permanentes en caso de enfermedad, malformaciones o traumatismos; y seguimiento para asegurar la correcta evolución clínica de la salud dental del menor.